AccueilJusticeTRANS-MARTE, SOCIEDAD LIMITADA

Procédure collective

TRANS-MARTE, SOCIEDAD LIMITADA

CIF B73883761Voir la fiche société

Publications
202/03/201913/12/2019
Procédure
3/2019
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal13/12/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MurciaProc. 3/2019Ordonnance 22/11/2019

    Doña Ana Maria Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Murcia, anuncia: 1.- Que en el procedimiento Concurso 3/2019 de TRANS-MARTE, S.L., con CIF B-73883761, se dictó el 22 de Noviembre de 2019 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 5 de diciembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

  2. Declaración de concurso02/03/2019
    ⚖️ MURCIAProc. 3/2019Ordonnance 14/02/2019

    D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, Por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 3/2019 y NIG n.º 30030 47 1 2019 0000001 se ha dictado en fecha 14 de febrero de 2019 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Trans-Marte, S.L., con CIF B-73883761, cuyo domicilio social lo tiene en C/. Federico Garcia Lorca, 30 (30850) TOTANA. 2º.- Se ha acordado de las facultades de Administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Ha sido nombrado Administrador Concursal a la sociedad M&G ADMINISTRADORES CONCURSALES, S.L.P., con CIF B-05522164 con domicilio profesional en calle Gavacha, n.º 4 1.º CP 30.004 MURCIA, con Teléfono 968 210281 y Fax 968 219876, y como dirección electrónica [email protected] 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4º.-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5º La concursada ha solicitado la liquidación. Habiéndose acordado su tramitación conforme lo establecido en el art. 191 ter, queda a disposición el plan de liquidación presentado por el deudor en esta oficina judicial para en el plazo de diez días desde el siguiente a la publicación del edicto, los acreedores puedan realizar alegaciones. 6º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Murcia, 25 de febrero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.