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Procédure collective
TRANSFRICAR SL EN LIQUIDACION
CIF B30427124Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 03/01/2012 → 28/01/2017
- Procédure
- 450/2011
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal28/01/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 450/2011Ordonnance 03/11/2016
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, Anuncia 1. Que en el procedimiento incidental de oposición a la rendición de cuentas n.º 0000450 /2011 0001, en fecha 3 de noviembre de 2016 se ha dictado sentencia acordando la conclusión y archivo del procedimiento de concurso voluntario, tramitado con número 450/2011 de la mercantil TRANSFRICAR, S.L., con CIF B-30427124. 2. La conclusión se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 16 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal03/01/2012⚖️ MURCIAProc. 450/2011Ordonnance 21/12/2011
Edicto Don Pedro Adán Ruiz Erans Vivancos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, Hago saber: Que en el auto de fecha 21 de diciembre de 2011 dictado por el Iltmo. Sr. D. Francisco Cano Marco, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia y su partido, en el procedimiento número 450/2011, que se sigue en este Juzgado se ha declarado en estado de concurso voluntario por el trámite abreviado a Transfricar, S.L., con CIF B-30427124, con domicilio en Ctra. de Granada, km 65,800, C.P. 30400 de Caravaca de la Cruz (Murcia), habiendo recaído los siguientes pronunciamientos: - Que la referida personas jurídica conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometidos en el ejercicio de éstas a la intervención del administrador concursal mediante su autorización o conformidad. - Que se confiere a los acreedores del concursado el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la fecha de la de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos, lo que se efectuará por escrito, que se presentará en la oficina de registro y reparto de este Juzgado, indicando los datos personales y domicilio del interesado, acompañándose los originales de los títulos de crédito que ostenten, y copia de todo ello para su compulsa y devolución de dichos originales. Y para que conste, libro el presente. Murcia, 23 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.