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Procédure collective
TRANSPORTES JOAQUIN GISBERT SL
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- Publications
- 7 — 28/04/2010 → 16/03/2021
- Procédure
- 123/2010
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE · Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal16/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 123/2010Juge : Doña Isabel Nicasio JaramilloOrdonnance 30/12/2020
Se tiene por presentada la comunicación previa, anterior a la solicitud de concurso voluntario de acreedores, presentada por el Notario D. Antonio Luis Ruiz Reyes de D, Bin Wu con NIE X2154453C
- Otro acto concursal16/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 123/2010Juge : TAMARA BELTRÁN PÉREZOrdonnance 30/12/2020
Declaración de concurso de RAMÓN BLASCO DORANTE
- Conclusión del concurso16/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 123/2010Juge : José Víctor Sanz GordónOrdonnance 30/12/2020
Declaración de concurso voluntario de acreedores de Luis Mezquida Gimeno y María Luisa Ortuño Ricart.
- Otro acto concursal12/02/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de AlicanteOrdonnance 14/01/2021
Doña Pilar Solanot García, Letrada Administración Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramita Concurso de acreedores del deudor TRANSPORTES JOAQUÍN GISBERT, S.L., con domicilio en el Polígono Industrial Els Algars, C/ Castalla, nº 6, de Cocentaina y CIF B-53040168, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 1.827 general, Folio 131, Hoja número A-33.659, inscripción 1ª, en cuyo seno se ha dictado, con fecha 30/12/20 Auto que es firme, acordando la conclusión y archivo del procedimiento, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamiento: DISPONGO: La conclusión del presente procedimiento concursal, por insuficiencia de masa activa. Se declara aprobada la rendición de cuentas final de los administradores. Se declara la extinción de la entidad mercantil Transportes Joaquín Gisbert S.L, y procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Publíquese la presente resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, y publíquese en el Boletín Oficial del Estado. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda. Notifíquese a las parte personadas y a la Administración Concursal, haciéndoles saber que contra esta resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno ( artículo 481.1 del TRLC). Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo yo, Don Leandro Blanco García-Lomas, magistrado-juez titular del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante, en funciones de sustitución del magistrado-juez titular del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante. Alicante, 14 de enero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot García.
- Otro acto concursal24/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 123/2010Juge : MARTA ARAGON ARRIOLAOrdonnance 30/12/2020
A N U N C I A 1.- Que en el procedimiento concursal número 898.05/2019, por Auto de fecha 07 de julio de 2020, dictado por la Juez Dña. MARTA ARAGÓN ARRIOLA, se aprueba el Plan de Liquidación presentado por la Administración Concursal
- Declaración de concurso11/10/2010⚖️ ALICANTEProc. 123/2010Ordonnance 27/07/2010
Edicto. Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil numero 2 de Alicante, Por la presente, hago saber: Que en el procedimiento concursal abreviado 123/2010-A sobre declaración de concurso de la mercantil Transportes Joaquín Gisbert, Sociedad Limitada, con domicilio en poligono industrial Els Algars, calle Castalla, número 6, de Concentaina, y CIF B53040168, se ha presentado por la administración concursal el informe preceptuado en el artículo 74 de la Ley Concursal, y se ha dictado providencia de fecha 27-7-2010, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diez días que se computará desde la publicación en el Boletín Ofical del Estado, ello conforme al artículo 96 de la Ley Concursal que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (artículo 194 y siguientes de la Ley Concursal). Y para que sirva de publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado expido la presente. Alicante, 27 de julio de 2010.- Secretario judicial.
- Otro acto concursal28/04/2010⚖️ ALICANTEOrdonnance 13/04/2010
Edicto. Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Proc. Concursal Abreviado-000123/2010-A en los que se ha dictado, con fecha 26-03-10, Auto declarando en estado de concurso voluntario a Transportes Joaquín Gisbert, Sociedad Limitada, con domicilio en el Polígono Industrial Els Algars, calle Castalla, n.º 6 de Concentaina y C.I.F. número B-53.040.168, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 1.827 general, Folio 131, Hoja número A-33.659, inscripción 1ª. Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 13 de abril de 2010.- Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.