Accueil›Justice›TRANSPORTES OLLOQUIEGUI SA
Procédure collective
TRANSPORTES OLLOQUIEGUI SA
CIF A31072622Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 08/04/2013 → 01/12/2018
- Procédure
- 681/2012
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal01/12/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 681/2012Ordonnance 13/09/2018
EDICTO D. MARIANO RODRÍGUEZ TROTONDA, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid. En el procedimiento arriba indicado se dictó un auto de fecha 13 de septiembre de 2018 por el que se ha declarado concluso el concurso CNO 681/2012 por cumplimiento del plan de liquidación, inexistencia de bienes y derechos con los que integrar la masa activa del concurso, así como por la ausencia de acciones viables que ejercitar a fin de reintegrar bienes o derechos a la masa, o de responsabilidad de terceras personas derivadas de una eventual calificación culpable, de la empresa TRANSPORTES OLLOQUIEGUI, S.A., con CIF A-31072622 y domicilio en Polígono Industrial Ampliación comarcal 1, Calle L, N-12, Orcoyen ( Navarra) La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 27 de noviembre de 2018.- El Letrado Administración de Justicia, Mariano Rodríguez Trotonda.
- Otro acto concursal08/04/2013⚖️ MADRIDProc. 681/2012Ordonnance 14/03/2013
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 681/2012, con NIG 28079100104222012, por auto de 14 de marzo de 2013 dictado por el Magistrado don Antonio Pedreira González, se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Transportes Olloquiegui, S.A., con CIF: A-31072622, y con domicilio social en Polígono Industrial Ampliación Comarca 1, Calle L, N-12, Orcoyen (Navarra) y el centro de sus intereses principales en Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. - La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administración Concursal, Carrera de San Jerónimo, 15, 2.ª planta - 28014 Madrid, teléfono 914 547 062 y fax 914 547 001, y en el correo electrónico [email protected] No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 19 de marzo de 2013.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.