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Procédure collective
TRANSSANA HISPANIA SL
CIF B85157022Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 22/03/2012 → 10/08/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación10/08/2013⚖️ MADRIDOrdonnance 18/07/2013
El Juzgado de lo Mercantil n.º 9, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 176.bis de la LC, anuncia: 1.º-Que conforme a lo acordado por auto de fecha 15/7/13 se ha declarado: La Conclusión del Concurso Voluntario del concursado Trannsana Hispania, S.L., CIF- B85157022, consignado bajo el numero de autos 682/11 por finalización de la fase de liquidación. Cesando el régimen de intervención de facultades sobre la concursada, y pudiendo los Acreedores iniciar ejecuciones singulares, todo ello sin perjuicio de la posible reapertura del concurso ante la aparición de bienes y derechos. 2.º-Que se procede al cese en su cargo del Administrador Concursal nombrado en su día: D.ª Yolanda Rincón Godoy, Abogada, con domicilio en Avda. Fuencarral Km.56, loft 11, La Moraleja Madrid. Madrid, 18 de julio de 2013.- Secretario Judicial.
- Otro acto concursal22/03/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de MadridOrdonnance 13/03/2012
El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal 682/11 al deudor mercantil TRANSSANA HISPANIA, S.L., CIF B85157022, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el BOE, para los no personados y desde que reciben la notificación para los personados, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Madrid, 13 de marzo de 2012.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.