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Procédure collective

TRAVEL LIGTH SL

CIF B87801320Voir la fiche société

Publications
124/07/201924/07/2019
Procédure
1227/2019
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº5 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal24/07/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº5 de MadridProc. 1227/2019Ordonnance 10/07/2019

    El Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº5 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el Concurso Abreviado 1227/2019, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2019/0108407, por auto de fecha 10 de julio de 2019, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a TRAVEL LIGHT, S.L., con nº de identificación B87801320, y domiciliado en Plaza Mayor 21 4ºB Leganés (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es Nuria López Hernández, con domicilio postal en calle Lombia nº8 bajo 6, 28009 Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que el concursado ha solicitado la Liquidación de su patrimonio. Madrid, 19 de julio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.