Accueil›Justice›TRITUNOR SOCIEDAD LIMITADA
Procédure collective
TRITUNOR SOCIEDAD LIMITADA
CIF B95253597Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 31/07/2009 → 22/10/2014
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso22/10/2014⚖️ BILBAOOrdonnance 09/10/2014
EDICTO El Juzgado de lo Mercantil número dos de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA 1. Que en el procedimiento número 57/08, por auto de 9 de octubre de 2014 se ha declarado la conclusión del concurso voluntario del deudor Tritunor S.L., con CIF B95253597 y con domicilio en Polígono Torrelarragoiti, parcela 5, puerta 16-17-18, de Zamudio (Bizkaia), por inexistencia de bienes con los que poder satisfacer el pago de los créditos. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3. Se declara que el deudor Tritunor S.L. queda responsable del pago a sus acreedores de la parte de sus créditos no satisfecha. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso. Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Bizkaia, a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro, que se entregará al procurador de la mercantil concursada para su diligenciamiento. 4. Anúnciese la resolución en el Boletín Oficial del Estado. Dicha publicación tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. 5. Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo. 6. Si dentro del plazo de cinco años aparecieran nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a los dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la L.C. 7. Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la administración concursal. Bilbao, 9 de octubre de 2014.- El Secretario Judicial.
- Apertura de liquidación31/07/2009⚖️ BILBAO.Ordonnance 25/06/2009
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 57/08 referente al concursado TRITUNOR, SOCIEDAD LIMITADA, con NIF B95253597, por auto de fecha 25 de junio de 2009 se ha acordado lo siguiente: Primero.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. Segundo.- ACORDAR FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN DISPOSICIÓN la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. Tercero.- Se ha declarado disuelta la mercantil TRITUNOR, SOCIEDAD LIMITADA, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Cuarto.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los DIEZ DÍAS siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Bilbao, 6 de julio de 2009.- El/La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.