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Procédure collective

TROPICAL BEACH SA EN LIQUIDACION

CIF A18206953Voir la fiche société

Publications
313/05/201307/05/2024
Procédure
31/2013
Tribunal
Mercantil - 1

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal07/05/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 31/2013Juge : ALICIA RAYA GARCIAOrdonnance 26/04/2024

    SE MODIFICA LA RETRIBUCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

  2. Otro acto concursal07/05/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 31/2013Juge : ALICIA RAYA GARCIAOrdonnance 26/04/2024

    SE MODIFICA LA RETRIBUCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

  3. Declaración de concurso13/05/2013
    ⚖️ GRANADAProc. 31/2013Ordonnance 08/03/2013

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 31/2013 por auto de fecha 8 de marzo de 2013 se ha declarado en concurso voluntario a las sociedades Tropical Beach, S.A., con CIF n.º A-18206953, y Costa Granada Golf, S.L., con CIF núm. B-18578634, y domicilio ambas en avenida de Salobreña, 35, portal 3, oficina 10, de Motril (Granada) donde tienen su centro de principales intereses. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. La comunicación de cada acreedor se realizará mediante correo certificado, a la siguiente dirección: Legal y Económico Administradores concursales, S.L.P., Administración Concursal de Tropical Beach, S.A., y Costa Granada Golf, S.L., con domicilio en C/ Martínez Campos, 17, 3.º B, Granada 18002. Correo electrónico: [email protected]. La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 Ley Concursal. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Granada, 22 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.