Procédure collective
TROYMEC SL
CIF B20152203Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 09/02/2013 → 25/11/2015
- Procédure
- 1070/2012
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia/ San Sebastián anuncia:
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal25/11/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia/ San Sebastián anuncia:Proc. 1070/2012Ordonnance 13/11/2015
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Donostia/ San Sebastián anuncia: Que en el procedimiento concursal número 1070/2012 en el que figura como concursado/a TROYMEC, S.L., CIF B20152203, se ha dictado el 13/11/2015 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno. Donostia/San Sebastián, 13 de noviembre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso09/02/2013⚖️ SAN SEBASTIÁNProc. 1070/2012Ordonnance 28/01/2013
Edicto. Doña María Isabel Villoslada Torquemada, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Donostia - San Sebastian, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 1070/2012 y NIG n.º 20.05.2-12/013741 se ha dictado en fecha 14/01/2013, auto de declaración de concurso voluntario del deudor Troymec, S.L., con CIF B20152203, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Irún, calle Gabiria, 23-25. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado como administración concursal, en virtud de resolución dictada en fecha 22/01/2013, a Luis M.ª Unanue Izpuza, con domicilio postal en Ribera Kalea, 6, 2.º B, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. En Donostia-San Sebastián, 28 de enero de 2013.- La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.