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Procédure collective

UNION GENERAL ALIMENTARIA, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

CIF B30871339Voir la fiche société

Publications
210/02/202012/02/2020
Procédure
744/2019
Tribunal
MERCANTIL - 2

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso12/02/2020
    ⚖️ MURCIAOrdonnance 06/02/2020

    E D I C T O D./Dª. Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en Sección I declaración concurso 0000744 /2019 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 6 de febrero de 2020 auto de declaración de concurso voluntario de la mercantil Unión General Alimentaria s.l. con cif B-30871339, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial La Suiza, nave 3, carretera de Alhama, km. 8,4 de La Aljorra (30390-Cartagena)-Murcia-. Por auto de fecha 6 de febrero de 2020 se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación de dicha mercantil. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor. 3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. 4º.- La identidad de la Administración concursal es la siguiente: AC VIGUERAS Y CARRILLO S.L.P. Calle Profesor Pedro Cascales, número 1, entresuelo 1 (30820-Alcantarilla)-MURCIA- La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: [email protected] 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC). 6º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso y hayan de ser objeto de publicación de acuerdo a la Ley, podrán consultarse en la página del Registro Público concursal. Murcia, 7 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

  2. Apertura de liquidación10/02/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 744/2019Juge : JAVIER QUINTANA ARANDAOrdonnance 06/02/2020

    APERTURA FASE DE LIQUIDACION DEL CONCURSO DE LA MERCANTIL UNION GENERAL ALIMENTARIA S.L.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.