Procédure collective
UTIFIRVE SL
CIF B63259709Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 07/02/2015 → 12/04/2022
- Procédure
- 1114/2014
- Tribunal
- MERCANTIL - 3 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONA · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal12/04/2022⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 1114/2014Juge : Montserrat Palomer BouOrdonnance 12/04/2022
La AC ha presentado solicitud de conclusión e informe de rendición de cuentas. De conformidad con el art. 478TRLC se pone de manifiesto para que las partes interesadas en plazo de 15 dies puedan impugnarlo.
- Otro acto concursal21/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 1114/2014Juge : Joan Holgado EstebanOrdonnance 16/05/2022
DECLARACION DE CONCURSO
- Conclusión del concurso21/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 1114/2014Juge : MARTA ARAGON ARRIOLAOrdonnance 16/05/2022
RENDICION DE CUENTAS Y CONCLUSION CONCURSO
- Declaración de concurso07/02/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 1114/2014Ordonnance 22/01/2015
Doña María Aránzazu Alameda López, Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 1114/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad UTIFIRVE, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 1114/2014, Sección C2. NIG del procedimiento.- 08019471 20148008194. Entidad concursada.- UTIFIRVE, S.L., con CIF n.º B63259709. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 19.01.2015. Administrador/es concursal/es.- Marc Bernabeu Antón, con domicilio social en Trav. de Grácia, 71, 5.º-2, 08006 Barcelona, tel. núm. 934147447, fax núm. 932009562 y correo electrónico [email protected]. Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedores, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 22 de enero de 2015.- La Secretaria judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.