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Procédure collective

UTIFIRVE SL

CIF B63259709Voir la fiche société

Publications
407/02/201512/04/2022
Procédure
1114/2014
Tribunal
MERCANTIL - 3 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONA · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal12/04/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 1114/2014Juge : Montserrat Palomer BouOrdonnance 12/04/2022

    La AC ha presentado solicitud de conclusión e informe de rendición de cuentas. De conformidad con el art. 478TRLC se pone de manifiesto para que las partes interesadas en plazo de 15 dies puedan impugnarlo.

  2. Otro acto concursal21/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 1114/2014Juge : Joan Holgado EstebanOrdonnance 16/05/2022

    DECLARACION DE CONCURSO

  3. Conclusión del concurso21/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 1114/2014Juge : MARTA ARAGON ARRIOLAOrdonnance 16/05/2022

    RENDICION DE CUENTAS Y CONCLUSION CONCURSO

  4. Declaración de concurso07/02/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 1114/2014Ordonnance 22/01/2015

    Doña María Aránzazu Alameda López, Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 1114/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad UTIFIRVE, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 1114/2014, Sección C2. NIG del procedimiento.- 08019471 20148008194. Entidad concursada.- UTIFIRVE, S.L., con CIF n.º B63259709. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 19.01.2015. Administrador/es concursal/es.- Marc Bernabeu Antón, con domicilio social en Trav. de Grácia, 71, 5.º-2, 08006 Barcelona, tel. núm. 934147447, fax núm. 932009562 y correo electrónico [email protected]. Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedores, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 22 de enero de 2015.- La Secretaria judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.