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Procédure collective

VACANZA RENT SL

CIF B53351243Voir la fiche société

Publications
719/05/200908/11/2023
Procédure
396/2009
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE · Mercantil - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante · Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal08/11/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 396/2009Juge : JOSE ANTONIO ALONSO ALMARAZOrdonnance 27/09/2023

    POR PRESENTADO INFORME ADMINISTRACION CONCURSAL

  2. Otro acto concursal08/11/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 396/2009Juge : MARIA CINTA CID PRADESOrdonnance 27/09/2023

    CONCLUSIÓN CONCURSO

  3. Conclusión del concurso28/09/2023
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 396/2009Juge : JUAN IGNACIO MARTINEZ AROCAOrdonnance 27/09/2023

    Auto conclusion 396/09

  4. Otro acto concursal21/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 396/2009Juge : Elena De Oro GarnachoOrdonnance 27/09/2023

    Declaración y al mismo tiempo, conclusión del concurso.

  5. Conclusión del concurso21/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 396/2009Juge : ROSALIA OSORIO TENORIOOrdonnance 27/09/2023

    DECLARAR en situación de CONCURSO VOLUNTARIO y la CONCLUSIÓN del concurso por insuficiencia de masa activa. Acuerdo la disolución y la extinción de la personalidad jurídica , con la consiguiente cancelación de su hoja registral

  6. Declaración de concurso21/09/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteOrdonnance 08/09/2009

    Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el proc. Concursal abreviado 000396/09-B sobre declaración de concurso de la mercantil. Vacanza Rent, S.L con domicilio en Avenida del Mediterráneo n.º 44, local 8 Edificio santa margarita 035000, y CIF numero B-53351243 se ha presentado por la administración concursal el informe preceptuado en el art.74 L.C, y se ha dictado providencia de esta fecha que contiene entre otros el siguiente pronunciamiento: Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación que se realice a su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diez días que se computara desde la publicación en el BOE ello conforme al art.96 L.C que se sustanciara por los trámites del incidente concursal. Alicante, 8 de septiembre de 2009.- La Secretaria Judicial.

  7. Otro acto concursal19/05/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 2 de AlicanteOrdonnance 30/04/2009

    Doña Pilar Solanot Garcia, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Proc. Concursal Abreviado -000396/09-B en los que se ha dictado con esta fecha Auto declarando en estado de concurso voluntario a "Vacanza Rent, S.L.", con domicilio en la avenida del Mediterráneo, n.º 44, local 8, edificio "Santa Margarita", 03500, CIF número B-53351243, inscrita en el registro Mercantil de esta provincia de Alicante, inscrita al tomo 2.213, libro 0, folio 210, seccion 8 hoja A. Facultades: Se decreta intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Forma de personacion: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acrredores de la entidad concursada deberan poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de quince dias a contar desde la publicación en el "BOE". Examen de los autos: Los acrredores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos creditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador. Alicante, 30 de abril de 2009.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.