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Procédure collective
VALLES UNIO 24 SL
CIF B63828842Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 22/07/2014 → 22/07/2014
- Procédure
- 504/2014
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso22/07/2014⚖️ BARCELONAProc. 504/2014Ordonnance 07/07/2014
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso María José Hompanera González, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil número 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C planta 13 de Barcelona. Numero de asunto.- Concurso voluntario número 504/2014-D. Tipo de concurso.- Concurso voluntario abreviado. Entidad instante del concurso y CIF.- Valles Unio 24, Sociedad Limitada, CIF B63828842. Fecha del auto de declaración.-7 de julio de 2014. Administradores concursales.- Juan Haro Benevente, con domicilio apartado de correos 13001, 08080 Barcelona, y teléfono numero 931128127 y en calidad de economista y dirección electrónica; [email protected] Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor interesado o representante, expresando nombre, domicilio y además datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 8 de julio de 2014.- La Secretaria judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.