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Procédure collective

VEGASEL SERVICIOS SL

CIF B35793819Voir la fiche société

Publications
630/04/201312/03/2025
Procédure
83/2012 · 22/2003
Tribunal
Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso12/03/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 83/2012Juge : CARLOS VIELBA ESCOBAROrdonnance 10/03/2025

    CONCLUSIÓN del concurso de VEGASEL SERVICIOS S.L., CIF B35793819 por insuficiencia de la masa activa. Aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. Se acuerda el archivo de las actuaciones.

  2. Otro acto concursal04/11/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 83/2012Juge : ALBERTO LOPEZ VILLARRUBIAOrdonnance 26/07/2024

    Se fijan para la Administración Concursal, las retribuciones DEFINITIVAS de la fase COMÚN en la cuantía de 25.444,90 euros, y las retribuciones DEFINITIVAS de la fase de LIQUIDACIÓN en la cuantía de 20.355,90 euros

  3. Otro acto concursal16/11/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 83/2012Juge : ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAOrdonnance 21/09/2023

    Nuevo administrador del concurso a AAA INSOLVENCIAS Y CONCURSOS, S.L.P., CIF B76659754, representado por el economista D. José Olmedo López, con DNI 43816636A.

  4. Otro acto concursal16/11/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 83/2012Juge : ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAOrdonnance 21/09/2023

    Cesa al administrador concursal D. Juan de Dios Montelongo Melián

  5. Declaración de concurso04/11/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaOrdonnance 23/09/2013

    Edicto Doña Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000083/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de Vegasel Servicios, S.L. y CIF n.º B35793819, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el artículo 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de Gran Canaria, 23 de septiembre de 2013.- Secretaria Judicial.

  6. Declaración de concurso30/04/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 22/2003Ordonnance 22/01/2013

    Edicto. Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000083/2012, seguido a instancias del Procuradora doña Ángela Rivas Conejo, en nombre y representación de Vegasel Servicios, S.L., se ha dictado Auto el día 22 de enero de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de Vegasel Servicios, S.L. con CIF, n.º B35793819, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado". Se designan como Administradores del concurso a: Don Juan de Dios Montelongo Melián, Abogado, tel. 690952953, fax 928 37 19 09 e-mail [email protected] En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la intervención. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 18 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.