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Procédure collective

LA VERJA SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION

CIF A30111371Voir la fiche société

Publications
221/01/200903/08/2011
Procédure
782/2008
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia
Administrateur judiciaire
Al Abogado don Alfonso Cayuela Carlos

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal03/08/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaOrdonnance 27/05/2011

    Edicto Don Pedro Adan Ruiz-Erans Vivancos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º declaración concurso 782/08, en fecha 27 de mayo de 2011 se ha dictado auto por el Iltmo. Sr. Magistrado Juez Francisco Cano Marco acordando la suspensión del ejercicio por el deudor La Verja, S.A., con CIF A-30111371, de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por el Administración Concursal. Y para que conste a los efectos previstos en el artículo 23 de la Ley Concursal, se extiende el presente, doy fe. Murcia, 22 de julio de 2011.- El Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal21/01/2009
    ⚖️ MURCIA.Proc. 782/2008Ordonnance 15/12/2008

    Doña Concha Ruiz García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, comunico: Que en el procedimiento número 782/2008, por auto de fecha 15 de diciembre de 2008 dictado por la ilustrísima señora doña Maria Dolores de las Heras García, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil de Murcia se ha declarado en concurso voluntario al deudor La Verja Sociedad Anónima., con domicilio social en carretera de Campillo, s/n, Cehegín (Murcia), ClF número: A-30111371, habiendo recaído los siguientes pronunciamientos: 1.º Que la referida mercantil conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. 2.º Se nombran Administradores concursales: Al Abogado don Alfonso Cayuela Carlos. Al Economista don Francisco Alcaraz Campillo. Como acreedor se designa a TANA, Sociedad Anónima, quien ha designado para que ejerza el cargo al Auditor de cuentas don Juan Francisco Blázquez Ramos. 3.º Se confiere a los acreedores del concursado el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de la última de las publicaciones de éste edicto, acordadas en el Periódico La Verdad y Boletín Oficial del Estado, para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, lo que se efectuará por escrito, que se presentará ante éste Juzgado, sito en Murcia, avenida Primero de Mayo, número 1, edificio Torres Azules, torre A, planta primera, indicando los datos personales y domicilio del interesado, al que se acompañarán los títulos de crédito originales y copia de todo ello, si se interesara el desglose de los mismos. 4.º Contra el auto declarando el concurso a que se refiere el presente edicto, podrá interponerse recurso de apelación por cualquiera que acredite interés legítimo, debiendo efectuarlo entre este Juzgado dentro del plazo de cinco días, que se contarán a partir del siguiente al de la última de las publicaciones acordadas. Para más información consultar www.juzgadomercantil1murcia.blogspot.com. Y para que el presente sirva de notificación y emplazamiento a los acreedores y, en general, para quién pudiera tener interés en personarse en las actuaciones, lo que se efectuará mediante Abogado y Procurador, libro el presente. Murcia, 9 de enero de 2009.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.