Procédure collective
VIA LATINA SA
CIF A12479796Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 26/05/2011 → 12/04/2022
- Procédure
- 243/2011
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal12/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 243/2011Juge : MONTSERRAT MORERA RANSANZOrdonnance 24/11/2021
En el concurso consecutivo 1510/2020-c de Roc Roura Serra, la administración concursal ha presentado la conclusión y rendición de cuentas, conforme a la LC, y queda incorporado al procedimiento.
- Conclusión del concurso12/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 243/2011Juge : RAFAEL ABRIL MANSOOrdonnance 24/11/2021
Acuerdo la conclusión del presente Concurso dee Acreedores en el que figura como concursada Doña María Castañón Carcedo al comprobarse la inexistencia de bienes
- Otro acto concursal26/05/2011⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAProc. 243/2011Ordonnance 12/04/2011
Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago Saber: Primero: Que por auto de fecha 12 de abril de 2011 en el procedimiento número 243/2011, se ha declarado en Concurso Voluntario Abreviado al deudor Vía Latina, Sociedad Anónima, con domicilio en Segorbe (Castellón), calle doctor Velázquez, 11 y C.I.F. número A-12479796. Segundo: Que dicho deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero: Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de Quince Días a contar de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Castellón, 12 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.