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Procédure collective

VIAJES BONITUR SA

CIF A35875921Voir la fiche société

Publications
125/03/201925/03/2019
Procédure
518/2019

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso25/03/2019
    ⚖️ MADRIDProc. 518/2019Ordonnance 19/03/2019

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: . 1º.- Que en el procedimiento número 518/2019, por Auto dictado en fecha 19 de marzo de 2019, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Viajes Bonitur, S.A., con CIF A35875921. . 2º.- Que la mercantil Viajes Bonitur, S.A., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio. . 3º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3ª del apartado 1.º del artículo 176 bis de la Ley Concursal. . 4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de Administrador concursal al no haber sido designado. . 5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. . 6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada. Madrid, 20 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.