Procédure collective
VIATELA SL
CIF B46183448Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 13/11/2017 → 28/09/2021
- Procédure
- 000758/2017 · 758/2017
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA · MERCANTIL - 1
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso28/09/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 000758/2017Juge : JOSE RAMON GARCIA AMORINOrdonnance 13/07/2021
CONCLUSION DE CONCURSO AL COMPROBARSE LA INEXISTENCIA DE BIENES Y DERECHOS REALIZALBLES CON LOS QUE PODER AFRONTAR LA DEUDAS DE CONCURSADOS.
- Conclusión del concurso21/07/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 758/2017Juge : SALVADOR VILATA MENADASOrdonnance 13/07/2021
AUTO CONCLUSION CONCURSO
- Otro acto concursal28/01/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE VALENCIA Proc. 000758/2017Juge : CARLOS NIETO DELGADOOrdonnance 13/07/2021
Anuncio Plan de Liquidación elaborado por administración concursal
- Declaración de concurso13/11/2017⚖️ VALENCIAProc. 758/2017Ordonnance 28/09/2017
Doña María Isabel Boguñá Pacheco, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. uno de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado en autos de Concurso de Acreedores núm. 758/2017 se ha dictado en esta fecha por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de la mercantil Viatela, S.L., con C.I.F. B-46183448, y domicilio en Lliria (Valencia), C/ Duque de Lliria, núm. 104, habiéndose acordado la intervención de las operaciones del deudor y habiéndose nombrado administrador concursal a D. Vicente Martínez Pont, Abogado, con domicilio profesional en Valencia, C/ Isabel La Católica, núm. 11-12.ª, y dirección electrónica [email protected] Se llama a los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación de este edicto en el BOE puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85. Valencia, 28 de septiembre de 2017.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.