Procédure collective
VICXAO 3 SL
CIF B17488123Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 25/06/2014 → 19/10/2022
- Procédure
- 433/2014
- Tribunal
- MERCANTIL GIRONA 1 · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Girona
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal19/10/2022⚖️ MERCANTIL GIRONA 1Proc. 433/2014Juge : VICTOR HEREDIA DEL REALOrdonnance 11/07/2022
AUTO DECLARACION Y SIMULTANEA CONCLUSION DEL CONCURSO
- Conclusión del concurso19/10/2022⚖️ MERCANTIL GIRONA 1Proc. 433/2014Juge : Aida CAtala CastroOrdonnance 11/07/2022
Se declara en concurso consecutivo
- Convenio de acreedores19/11/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de GironaProc. 433/2014Ordonnance 30/09/2020
EDICTO Procedimiento: Concurso Voluntario Abreviado nº 433/2014 - Sección quinta: convenio y liquidación. Doña Alicia De La Torre Duñaiturria, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Girona, Hago saber: Que en el procedimiento indicado, el día 30 de septiembre de 2020 se ha dictado auto de admisión de la propuesta de modificación del convenio, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: PARTE DISPOSITIVA "Admito a trámite la propuesta de modificación de convenio presentada por VICXA03, S.L., con CIF B17488123 y acuerdo: 1º) Poner de manifiesto la propuesta de modificación y los documentos adjuntados en la oficina judicial. 2º) Publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Mercantil la propuesta de modificación del convenio, que correrá a cargo de la concursada y los oficios y mandamientos se entregarán a la Procuradora de la concursada. 3º) Señalar como límite para la presentación de adhesiones o para formular oposición a la propuesta de modificación convenio presentada por el concursada de dos meses contados desde la fecha del auto. Modo de impugnación: recurso de REPOSICIÓN ante este Órgano judicial, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de CINCO días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Además, se debe constituir, en la cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Órgano judicial, el depósito a que se refiere la DA 15ª de la LOPJ reformada por la LO 1/2009, de 3 de noviembre, y acreditarse debidamente. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451 y 452 de la LEC)." Lo acuerdo y firmo. El Magistrado. Y para que sirva de publicidad en el BOE, expido y firmo el presente, en Girona, 23 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Doña Alicia De La Torre Duñaiturria.
- Declaración de concurso25/06/2014⚖️ GIRONAOrdonnance 26/05/2014
Edicto de declaración de concurso. Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado: Número de asunto: 433/14. Fecha del Auto de Declaración: 26 de mayo de 2014. Clase de concurso: Voluntario abreviado. Entidad concursada: VICXAO3, S.L. CIF de la concursada: B-17488123. Domicilio de la Concursada: Avenida de Colón, s/n, de la localidad de Blanes (Girona), CP 17300. Administración concursal: UNIX SUPORT, S.L.P. - Dirección postal: Gran Vía Jaume I, n,º 9, 4.º, 3.ª, de Girona, CP 17001. - Dirección electrónica: [email protected]. Régimen de las facultades del concursado: El concursado conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la Administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el BOE. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona (Avenida Ramon Folch, núm. 4-6, de 17001 Girona). Girona, 6 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.