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Procédure collective

VIGAS ALMANSA SOCIEDAD ANONIMA

CIF A02288983Voir la fiche société

Publications
216/01/201414/01/2019
Procédure
182/2013
Tribunal
Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso14/01/2019
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 182/2013Ordonnance 09/01/2019

    Doña Elena Victoria Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia Del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza A n u n c i a: Primero.- Que en el procedimiento concursal número 182/2013-f2 se ha dictado Auto de conclusión del concurso del deudor VIGAS ALMANSA, S.A.U. (en liquidación) con CIF A-02288983 y domicilio Almansa ( Albacete), Carretera Nacional 430, Km 594, Camino " Casas del Campillo. Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal así como el cese del Administrador concursal y todo ello en relación con la mercantil indicada, continuándose el procedimiento con el resto de las mercantiles. Tercero.- Contra la resolución por la que se acuerda la conclusión del concurso no cabe recurso alguno de conformidad con lo establecido en el artículo 177 de la LC. Cuarto.- En dicha resolución se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público concursal y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado. Zaragoza, 9 de enero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Victoria Buil Torralba.

  2. Apertura de liquidación16/01/2014
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de ZaragozaOrdonnance 16/12/2013

    Doña M.ª Carmen Montaner Zueras, Secretario Judicial, de Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, Anuncia: Que en el Concurso 182-2013, Sección Primera del Concurso, se ha solicitado la liquidación de la Mercantil Vigas Almansa S.A.U., CIF A 02288983, Polígono Industrial El Campillo s/n (Zuera), se ha dictado Auto de fecha 16.12.2013, en el que se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- Se acuerda la disolución de la Sociedad de Vigas Almansa S.A.U., CIF A 02288983, Polígono Industrial El Campillo s/n (Zuera) y la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor, que son sustituidas por la Administración Concursal. 3.- Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados consistentes en dinero, así como la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. 4.- Requerir a la administración concursal para que, en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución emita un dictamen sobre el Plan de Liquidación presentado por el deudor, o en su defecto un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148.1 de la LC. Zaragoza, 16 de diciembre de 2013.- La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.