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128/04/201128/04/2011
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso28/04/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de PontevedraOrdonnance 14/04/2011

    Edicto D./D.ª María Luisa Sánchez Garrido, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I declaración concurso 0000134/2011 se ha dictado a instancias de Vigoto Uno, S.L., en fecha 14 de abril de 2011 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Vigoto Uno, S.L., con CIF. B-36.944.510, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, al tomo 3016, Libro 3016, Folio 2, Hoja PO-36027, inscripción 2.ª, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avda. de Madrid, 217, Vigo. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal). Vigo, 14 de abril de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.