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Procédure collective

VILLANDAL SL

CIF B92516335Voir la fiche société

Publications
423/10/202020/05/2021
Procédure
52/2013 · 48405/2013 · 484/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº2 de Málaga · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso20/05/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº2 de MálagaProc. 52/2013Ordonnance 19/04/2021

    Edicto D/Dª Amelia María Puertas Fariña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº2 de Málaga, Hago saber: Que en el Procedimiento de concurso voluntario n.º 484/13 seguido en este Juzgado se ha dictado en Pieza separada de conclusión concurso y rendición de cuentas nº 484.52/2013con fecha 19 de abril de 2021 auto, acordando la conclusión del procedimiento por finalización de las operaciones de liquidación e insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa de la entidad Villandal, S.L., con CIF B-92.516.335, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: PARTE DISPOSITIVA Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de Villandal, S.L., por finalización de las operaciones de liquidación e insuficiencia de bienes para el pago de los créditos contra la masa. Acuerdo el cese de las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado y el cese de la Administración concursal. Acuerdo la extinción de la persona jurídica concursada, Villandal, S.L., ordenando la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, incluyendo el registro mercantil; debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución. Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. Esta aprobación no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los Administradores concursales. La conclusión del concurso produce los efectos regulados en los arts 483 y ss del TRLC. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Este Auto se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el Auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público Concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado. Se acuerda el archivo del presente procedimiento. Así lo acuerda y firma Dª Rocío Marina Coll, Magistrada-Juez titular del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Málaga y su Partido. Doy fe. DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe. Málaga, 19 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Amelia María Puertas Fariña.

  2. Otro acto concursal29/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 48405/2013Juge : GABRIELA MARIA INSUA AYUSOOrdonnance 19/04/2021

    INFORME DE LA ADMINISTRACION CONCURSAL

  3. Otro acto concursal29/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 484/2013Juge : OLGA MARTIN ALONSOOrdonnance 19/04/2021

    CONCLUSION DEL CONCURSO

  4. Conclusión del concurso23/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 48405/2013Juge : MARIA CARMEN FERNANDEZ HIDALGOOrdonnance 19/04/2021

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Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.