Procédure collective
VIMUR 93 SL
CIF B30353338Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 06/08/2014 → 24/02/2021
- Procédure
- 354/2014
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal24/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 354/2014Juge : JAVIER ESCARDA DE LA JUSTICIAOrdonnance 02/12/2020
Declaración de concurso
- Otro acto concursal24/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 354/2014Juge : JOSE ALEXIS REYES NEGRINOrdonnance 02/12/2020
VER ARCHIVO ADJUNTO
- Otro acto concursal10/12/2020⚖️ MURCIAOrdonnance 02/12/2020
E D I C T O Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 2 de Murcia, anuncia: Que en el concurso de acreedores seguido ante este Juzgado con el número 354/14 de la mercantil Vimur 93, S.L., cif B-30353338 se ha dictado auto de fecha 2 de diciembre de 2020 acordando la conclusión y archivo del concurso y el cierre de la hoja registral de la mercantil. Murcia, 3 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.
- Conclusión del concurso09/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 354/2014Juge : SANTIAGO SENET MARTINEZOrdonnance 02/12/2020
CONCLUSION Y ARCHIVO DEL CONCURSO DE ALMACEN GOURMET S.L. DESANDO A TODOS LOS EFECTOS DE LA DECLARACION DEL CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE LA MASA ACTIVA PARA LA SATISFACCION DE LOS CREDITOS CONTRA LA MASA.
- Declaración de concurso06/08/2014⚖️ MURCIAOrdonnance 17/07/2014
Edicto Doña Ángela Quesada Martos, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en Sección I Declaración Concurso 0000354/2014 seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 17/07/14, auto de declaración de concurso de la mercantil Vimur 93, S.L., con CIF B-30353338, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle La Cruz, número 21 de Casillas (Murcia). 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio. 3.º El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. 4.º La identidad de la administración concursal es la siguiente: D. Francisco Serna Rocamora. La dirección postal de la administración concursal es la siguiente: Gran Vía, número 15, planta 5.ª (30004-Murcia). La dirección electrónica de la administración concursal es la siguiente: [email protected] 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Murcia, 17 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.