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Procédure collective
VIÑA ALCOYER SL
CIF B26155945Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 31/01/2013 → 28/01/2017
- Procédure
- 1193/2012
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso28/01/2017⚖️ LOGROÑOProc. 1193/2012Ordonnance 24/01/2017
Edicto D.ª María Asunción González Elías, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia nº 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 y 177.3 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 1193/2012, N.I.G.: 26089 42 1 2012 0009016, por auto de fecha 24 de enero de 2017 se ha acordado la conclusión del concurso seguido relativo a la mercantil Viña Alcoyer, S.L., con domicilio social en calle La Martina 30, de Aldeanueva de Ebro (La Rioja), con CIF B-26155945. Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros. 2º.- Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada. 3º.- La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo. 4º.- Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de Viña Alcoyer, S.L., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil. 5º.- A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el Boletín Oficial del Estado, y en el Registro Público Concursal. Logroño, 24 de enero de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación05/10/2013⚖️ LOGROÑOProc. 1193/2012Ordonnance 11/09/2013
Edicto Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 1193/2012 N.I.G.: 26089 42 1 2012 0009016, referente a la entidad Viña Alcoyer, S.L., con domicilio social en calle La Martina 30, de Aldeanueva de Ebro (La Rioja), con CIF B-26155945, por auto de fecha 11 de septiembre de 2013 se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, la cual se evacuó dentro de los términos procesales a que alude el art. 142.1.2º de la Ley Concursal, declarando finalizada la fase común y formándose la sección quinta del concurso. 2. La suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad concursa sobre su patrimonio. 3. La disolución de la entidad concursa, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal. 4. En el plazo de diez días computados desde la notificación del auto antedicho la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme el art. 148 de la LC. 5. El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Este edicto se publicará en el B.O.E. y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Logroño, 11 de septiembre de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.
- Declaración de concurso31/01/2013⚖️ LOGROÑOProc. 1193/2012Ordonnance 10/01/2013
Edicto. Doña María Asunción González Elías, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial, Sección I Declaración concurso voluntario abreviado n.º 1193/2012 se ha dictado en fecha 10 de enero de 2013, auto de declaración de concurso del deudor Viña Alcoyer, S.L., con domicilio social en calle La Martina, 30, de Aldeanueva de Ebro (La Rioja), y CIF B-26155945. 2º.- Se ha acordado que el deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido en el ejercicio de estas facultades a la intervención de los administradores concursales mediante autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal al Economista don Manuel Félix Mañas de Huelbes, con domicilio profesional en Logroño, Avenida de la Sierra, n.º 19, 4.º A, y dirección electrónica señalado [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Logroño, 15 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.