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Procédure collective

VINUL SL EN LIQUIDACION

CIF B12212973Voir la fiche société

Publications
401/03/201014/03/2023
Procédure
000983/2009
Tribunal
Mercantil - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE CASTELLON · JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE CASTELLON Nº 1

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal14/03/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 000983/2009Juge : BEATRIZ SARRION MARTIOrdonnance 19/05/2021

    NOMBRAMIENTO ADMINISTRADOR CONCURSAL

  2. Otro acto concursal07/02/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE CASTELLON Proc. 000983/2009Juge : ALICIA PAZ SOLÍS GARCÍAOrdonnance 19/05/2021

    CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE PAGOS Y EXONERACIÓN DEFINITIVA DEL PASIVO INSATISFECHO.

  3. Otro acto concursal29/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE CASTELLON Nº 1 Proc. 000983/2009Juge : AGUEDA RODRIGUEZ DOMINGUEZOrdonnance 19/05/2021

    APERTURA FASE LIQUIDACION, DECLARAR DISOLUCION SOCIEDAD Y CESE ADMINISTRADORES SUSTITUIDOS POR ADMINISTRACION CONCURSAL

  4. Otro acto concursal01/03/2010
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAOrdonnance 08/02/2010

    Doña Cristina Cifo González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero.- Que por auto de fecha de hoy en el Procedimiento número 983/09 se ha declarado en Concurso Voluntario Abreviado al deudor Vinul, Sociedad Limitada, con domicilio en calle Valencia, número 7 de Villarreal (Castellón) y código de identificación fiscal B-12212973. Segundo.- Que dicho deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Castellón, 8 de febrero de 2010.- La Secretaria Judicial, doña Cristina Cifo González.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.