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Procédure collective
VITRO CRISTALGLASS SL
CIF B82983180Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 26/07/2012 → 04/03/2022
- Procédure
- 418/2012
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID · MERCANTIL - 6
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal04/03/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 418/2012Juge : EDUARDO ENRECH LARREAOrdonnance 14/02/2022
AUTO CONCLUSIÓN CONCURSO
- Otro acto concursal04/03/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 418/2012Juge : MARIA ISABEL LOPEZ MONTAÑEZOrdonnance 14/02/2022
Admisión acuerdo extrajudicial de pagos (art. 648 LC) de Oscar Aguilar Millan.
- Conclusión del concurso04/03/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 418/2012Juge : YOLANDA RIOS LOPEZOrdonnance 14/02/2022
Declaro realizada la comunicación del inicio de apertura de negociaciones para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos, de conformidad con lo previsto en el art. 648 LC en relación a MONTSERRAT PLANAS ALTES
- Conclusión del concurso02/03/2022⚖️ MERCANTIL - 6Proc. 418/2012Juge : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINOrdonnance 14/02/2022
AUTO CONCLUSION DEL CONCURSO
- Conclusión del concurso14/02/2022⚖️ MERCANTIL - 6Proc. 418/2012Juge : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINOrdonnance 14/02/2022
Auto conclusión y archivo
- Otro acto concursal26/07/2012⚖️ MADRIDProc. 418/2012Ordonnance 06/07/2012
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 418/2012, por auto de 6 de julio de 2012, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Vitro Cristalglass, S.L. con CIF B-82983180, con domicilio en calle Baraya, sin número, Polígono Industrial Cobo Calleja, Fuenlabrada (Madrid). Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal por correo ordinario o bien a través de representante, o en cualquiera de los medios admitidos en derecho directamente en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado: Interconcursal S.L.P. Calle Oquendo, número 23, escalera 3, Planta 1.ª - 28006 Madrid. Correo electrónico: [email protected] - web: www.intercon cursal.com/cristalglass Cuarto.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlos por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 6 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.