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Procédure collective

VITUR NURIA SL

CIF B03424215Voir la fiche société

Publications
429/11/201822/11/2022
Procédure
712/2018
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALICANTE · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal22/11/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALICANTE Proc. 712/2018Juge : JOSE MANUEL RAPOSO FERNANDEZOrdonnance 22/09/2022

    DECLARACION DE CONCURSO

  2. Otro acto concursal22/11/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALICANTE Proc. 712/2018Ordonnance 22/09/2022

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  3. Conclusión del concurso27/09/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALICANTE Proc. 712/2018Juge : JOSE MARIA CASASOLA DIAZOrdonnance 22/09/2022

    El procedimiento concursal se ha presentado por la administración concursal escrito de rendición de cuentas al que se refiere el artículo 478.2 TRLC, queda de manifiesto por 15DÍAS en esta oficina judicial a disposición de los interesados.

  4. Otro acto concursal29/11/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteOrdonnance 20/11/2018

    Doña Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante,en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 20 de noviembre de 2018 en el procedimiento con número de autos 712/18-R y N.IG.03014-66-1-2018-0001509 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Vitur Nuria, S.L. con CIF B-03424215, con domicilio en la calle San Francisco, n.º 10, de El Campello (Alicante). Segundo.- Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que ha sido nombrado administrador concursal don Pedro Navarro Sánchez, economista, con domicilio en calle Lepanto, n.º 49, Cox, CP 03350 (Alicante), teléfono y fax. 966751343 Y 965096254, como cuenta de correo electrónico [email protected] para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Cuarto.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Alicante, 26 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Cifo González.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.