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Procédure collective
VIVACE INVERSIONES SL EN LIQUIDACION
CIF B12461810Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 27/06/2015 → 27/04/2026
- Procédure
- 141/2015
- Tribunal
- SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE CASTELLÓ DE LA PLANA N.º 1 · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal27/04/2026⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE CASTELLÓ DE LA PLANA N.º 1Proc. 141/2015Juge : MARIA TERESA GAVALDA MONTOLIUOrdonnance 17/04/2026
Se ha presentado informe de la administración concursal, solicitando la conclusión del concurso y, asimismo, se ha presentando la rendición de cuentas.
- Otro acto concursal27/06/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de CastellónOrdonnance 03/06/2015
Edicto Don Jorge González Rodríguez, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 20/05/15, dictado en el procedimiento de concurso abreviado, n.º 000141/2015, NIG n.º 12040-66-2-2015-0000172, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso voluntario y abreviado al deudor "Vivace Inversiones, S.L.", domiciliado en Camino Viejo de Alcora,121 CS y C.I.F./D.N.I. número B12461810. Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a don Miguel Ángel González Martínez, con domicilio en C/ Pintor Gumbau, n.º 13, entresuelo, de Villarreal y dirección electrónica [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la Administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón de la Plana, 3 de junio de 2015.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.