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Procédure collective

VIVEROS GUADALGARDEN SL

CIF B29752334Voir la fiche société

Publications
224/11/201613/09/2022
Procédure
567/2016
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal13/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 567/2016Ordonnance 26/04/2022

    Sentencia de Calificación

  2. Otro acto concursal24/11/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MálagaOrdonnance 19/10/2016

    EDICTO El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 567/16 por auto de 19 de octubre de 2016, se ha declarado en concurso voluntario al deudor VIVEROS GUADALGARDEN, S.L., y con CIF B-29752334 domicilio en Ronda (Málaga), calle Dehesas del Mercadillo s/n centro de principales intereses. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que la Administración Concursal la integra D. Carlos Javier Diaz Navarrete, provisto de DNI 33378129T; que lo hace en nombre y representación de la sociedad PLANIFICACIÓN, ACCIÓN Y SOLUCIÓN, S.L., según escritura pública que exhibe y retira, con CIF, B-93095990, con domicilio y dirección postal en Málaga, en calle Ordóñez, núm. 2, 1ª Pta, designando como persona física a Doña Carmen Peláez Arnedo, Abogada, con DNI 53696926E, TFNO: 951 772 038 y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 31 de octubre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.