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Procédure collective
VOLATIL ABSORVER SL
CIF B83594085Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 09/08/2012 → 22/04/2017
- Procédure
- 2012/0004 · 38/2011
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de Madrid HAGO SABER: · Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación22/04/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridProc. 2012/0004Ordonnance 19/04/2017
Edicto Doña IRENE ORTIZ PLAZA, Letrado de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, En el procedimiento de concurso que en este Juzgado se sigue con el n.º de autos 405/12 y NIG 28.079.47.2-2012/0004971 de la deudora VOLATIL ABSORVER, S.L., con CIF n.º B-83594085 y con domicilio en calle Fortuny, n.º 3 (Madrid), se dictó auto de fecha 03/04/17 por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase de liquidación. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Y para su publicación en el BOE expido el presente. Madrid, 19 de abril de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal14/11/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de Madrid HAGO SABER:Ordonnance 31/10/2012
Dª. Mª. C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de Madrid HAGO SABER: Que en el procedimiento concursal 405/12 referente al deudor VOLATIL ABSORVER S.L. con CIF B-83594085, se ha presentado el informe de la administración concursal. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa. Dentro del plazo de DIEZ DIAS, computado para los personados desde la notificación de la resolución, y para el resto de interesados desde la publicación de este edicto, los que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, por medio de abogado y procurador. Y para su inserción en el BOE, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 95.2 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 31 de octubre de 2012.- La Secretario Judicial.
- Apertura de liquidación09/08/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de MadridProc. 38/2011Ordonnance 26/07/2012
Edicto Doña María Palmero Sandín, Secretaria en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario abreviado 405/12, en el que recayó auto de fecha 26 de julio de 2012, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en concurso voluntario a la mercantil Volatil Absorver, S.L., con CIF B-83594085". "Se acuerda la suspensión de las facultades del deudor". "Se acuerda la apertura de la fase de liquidación". "Los acreedores concursales en la forma establecida en el art. 85 de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deberán poner en conocimiento del Administrador concursal doña Aránzazu Bárcena Fernández, la existencia de sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este edicto, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al juzgado, pudiendo hacerse: personalmente, mediante comunicación por correo postal en la calle Antonio Acuña, n.º 11, 2.º E, de Madrid (28009) o por correo electrónico a [email protected]". Y para su inserción en el "Boletín Oficial del Estado", en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente. Madrid, 27 de julio de 2012.- La Secretaria judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.