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Procédure collective
VORA HABITAT SL
CIF B64055742Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 26/03/2014 → 03/12/2019
- Procédure
- 53/2014
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona Hago Saber
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal03/12/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona Hago SaberProc. 53/2014Ordonnance 20/11/2019
M. José Hompanera González, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona Hago Saber que: En el Concurso Voluntario Abreviado 53/2014-C se dictó un Auto en fecha 20 de noviembre de 2019 por el que se ha declarado concluso el concurso de VORA HABITAT, S.L., con CIF B64055742. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de Administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 22 de noviembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, M. José Hompanera González.
- Declaración de concurso26/03/2014⚖️ BARCELONAProc. 53/2014Ordonnance 05/03/2014
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Maria José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil número 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111 edificio C planta 13 de Barcelona. Número de asunto.- concurso voluntario número 53/2014-C. Tipo de concurso.- Concurso Voluntario Abreviado. Entidad Instante del Concurso y CIF.- Vora Habitat S.L CIF B-64055742. Fecha del Auto de declaración.- 27/02/14. Administradores concursales.- audilegem Bcn, S.L.P- Leonardo Espinosa Méndez, con domicilio calle Córcega 299, 3-3 de Barcelona y teléfono número 933620297 y en calidad de abogado y dirección electrónica [email protected] Facultades del concursado.- Suspendidas. Llamamiento a los acreedores.-Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de Un Mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. barcelona, 5 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.