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Procédure collective

VS & DV SA

CIF A58955824Voir la fiche société →

Publications
2 — 28/05/2012 → 04/10/2021
Procédure
315/2012
Tribunal
MERCANTIL - 10 · Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso04/10/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 315/2012Juge : LUCIA MARTINEZ OREJASOrdonnance 29/09/2021

    Ver edicto

  2. Declaración de concurso28/05/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de BarcelonaProc. 315/2012Ordonnance 11/05/2012

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: De lo Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto: Concurso Voluntario núm. 315/2012-RC. Tipo de concurso: Concurso voluntario. Entidad instante del concurso y NIF: VS & DS, S.A., con CIF A58955824, domicilio en calle Gran Via, 182-184, Premia de Mar (Barcelona). Fecha del auto de declaración: 11 de mayo de 2012. Administradores concursales: Helena Blasco Salvat, con domicilio en Rambla de Catalunya, n.º 75, 3.º 1.ª, de Barcelona y teléfono n.º 93 215 32 11, en calidad de Abogada, dirección electrónica: [email protected] Facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. En Barcelona, 11 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.