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Procédure collective

W.P. SELECTION, S.L.

CIF B02164333Voir la fiche société

Publications
523/01/202613/07/2026
Procédure
728/2025
Tribunal
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE ALBACETE N.º 1 · MERCANTIL DE ALBACETE Nº 001

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal13/07/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE ALBACETE N.º 1Proc. 728/2025Juge : FRANCISCO JAVIER MARTINEZ MARINOrdonnance 10/07/2026

    Publicar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal por plazo de 15 días para impugnación. La rendición de cuentas está a disposición de los interesados en la Secretaría del Juzgado.

  2. Otro acto concursal05/06/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE ALBACETE N.º 1Proc. 728/2025Juge : FRANCISCO JAVIER MARTINEZ MARINOrdonnance 02/06/2026

    Publicar textos definitivos presentados por la Administración Concursal, que están a disposición de los interesados en la secretaria de esta Sección Mercantil.

  3. Otro acto concursal10/04/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE ALBACETE N.º 1Proc. 728/2025Juge : MARIA TERESA GREGORIO SANCHEZOrdonnance 09/04/2026

    Se publica el informe del art. 290 del TRLC presentado por el Administración Concursal por 10 días para impugnaciones. El informe está a disposición de los interesados en la Secretaria del Juzgado.

  4. Otro acto concursal23/01/2026
    ⚖️ MERCANTIL DE ALBACETE Nº 001Proc. 728/2025Juge : EVA MARTINEZ CUENCAOrdonnance 12/01/2026

    Declara concurso voluntario. Nombramiento de Administración Concursal. Llamamiento de acreedores por un mes. Intervención de facultades.

  5. Declaración de concurso23/01/2026
    ⚖️ MERCANTIL DE ALBACETE Nº 001Proc. 728/2025Juge : EVA MARTINEZ CUENCAOrdonnance 12/01/2026

    Declara concurso voluntario. Nombramiento de Administración Concursal. Llamamiento de acreedores por un mes. Intervención de facultades.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.