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Procédure collective
WAREBER FOODS SL
CIF B87757597Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 21/06/2022 → 08/09/2023
- Procédure
- 172/2022
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID · Mercantil - 7
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal08/09/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 172/2022Juge : Francesc Xavier Rafi RoigOrdonnance 31/07/2023
En el Concurso consecutivo 1121/2021 CC3-Sección quinta de la liquidación de DAMIAN GAYO NUÑEZ, se ha dictado un auto que aprueba el plan de liquidación. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta para la calificación
- Conclusión del concurso08/09/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 172/2022Juge : Juan Diego Carrillo PantojaOrdonnance 31/07/2023
Juan Diego Carrillo Pantoja , el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 08 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber
- Conclusión del concurso04/09/2023⚖️ Mercantil - 7Proc. 172/2022Juge : JUAN CARLOS PICAZO MENENDEZOrdonnance 31/07/2023
Se declara concluso el procedimiento concursal número 172/2022 referente al deudor WAREBER FOOD, S.L. por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.
- Otro acto concursal11/04/2023⚖️ Mercantil - 7Proc. 172/2022Juge : JOSE VELA PEREZOrdonnance 05/04/2023
Diligencia con escrito de solicitud de conclusión y el Informe sobre Rendición de cuentas, por plazo común de QUINCE DIAS
- Otro acto concursal21/06/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 172/2022Juge : Maria Jose PEIRO ASPURZOrdonnance 26/05/2022
Que debo calificar y califico el concurso como fortuito y el archivo de la presente sección de calificación sin más trámites. Procédase a publicar este auto en el Registro Público Concursal.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.