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Procédure collective

WIND PRODUCTIONS SL

CIF B79358479Voir la fiche société

Passif 196.247 €
Publications
420/10/201517/05/2022
Procédure
611/2015
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal17/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 611/2015Juge : MARIA JOSE ROIG SAPIÑAOrdonnance 09/09/2015

    SE DECLARA LA REAPERTURA Y EL ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO ABREVIADO del/de los deudor/deudores JUAN JOSE BARRACHINA ROYO y PURIFICACION LLOPIS SALVADOR, . Plazo de 1 mes para comunicar cerditos.

  2. Declaración de concurso17/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 611/2015Juge : Diana Corredera BermudezOrdonnance 09/09/2015

    Declarar a los deudores DON ALFREDO MORO VIVERO, con DNI 52.618.252-W y DOÑA PATRICIA MARTÍNEZ SÁNCHEZ, con DNI 52.619.372-H, , en situación de CONCURSO CONSECUTIVO y La CONCLUSIÓN del CONCURSO por insuficiencia de masa activa.

  3. Conclusión del concurso17/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 611/2015Juge : ENRIQUE PRESA CUESTAOrdonnance 30/07/2021

    Conforme art. 294LC en relación con art. 474 publicidad por plazo de 15 días del informe del administrador en que refiere insuficiencia masa activa y solicita conclusión y archivo.

  4. Declaración de concurso20/10/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridOrdonnance 10/09/2015

    Edicto Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, Anuncia 1.º-Que en el procedimiento concursal registrado como cna 611/15, con el número de identificación general NIG: 0106487/2015 por auto de 9 de septiembre del 2015 dictado por el Magistrado don Antonio Pedreira González. Se ha declarado en concurso al deudor Wind Productions, S.L., con CIF: b-79358479 y domicilio en la calle Julián Hernández, n.º 25 A, en Madrid (28043). 2.º-Que en el mismo auto de declaración de concurso se ha procedido a realizar de apertura de apertura de fase de liquidación, formándose la sección quinta. 3.º-Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la concursada, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 4.º-Se declara disuelta la concursada, con el cese de sus Administradores que serán sustituidos por la Administración concursal. 5.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. 6º.-La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la sociedad Legex, Abogados y Economistas, S.L.P., con CIF: b-79358479, se designa para ejercer el cargo de administrador concursal a D. Francisco Angel Piñeiro Rodriguez, mayor de edad, con dni: 03463370-f, que señala para la comunicación de créditos de los acreedores la C/ José Abascal nº 44, 1ª en Madrid (28003), teléfono 921414100 y fax 91 441 67 66, se señala como correo electrónico para la comunicación de créditos: [email protected], no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado. 7.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 10 de septiembre de 2015.- Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.