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Procédure collective
WOLDER BRICO, SL
CIF B39752522Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 18/10/2017 → 20/03/2019
- Procédure
- 435/2017
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso20/03/2019⚖️ SANTANDERProc. 435/2017Ordonnance 15/03/2019
Edicto Doña María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santander, Hago saber; Que en el procedimiento de referencia concurso ordinario 435/2017 se ha acordado por Auto de fecha 15 de marzo de 2019, lo siguiente: 1. Se declara concluso el presente concurso por insuficiencia de masa activa del concursado WOLDER BRICO, S.L., CIF B39752522, procediéndose al archivo de las actuaciones. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 4. Se acuerda el cese de la Administración Concursal. 5. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de WOLDER BRICO, S.L., CIF B39752522 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal. Santander, 15 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María de las Nieves García Pérez.
- Otro acto concursal18/10/2017⚖️ SANTANDEROrdonnance 26/09/2017
María de las Nieves García Pérez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander. Hago saber: 1.- Que en el procedimiento concursal 0000435/2017, por auto de fecha 18/09/17 se ha declarado en concurso al deudor WOLDER BRICO, S.L. con C.I.F. número B39752522, y con domicilio en Poligono Industrial de Barros, Parcela 26, Los Corrales de Buelna. 2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal 3- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado Registro Público Concursal y tablón de anuncios del Juzgado. 4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.- Que ha sido designado administrador concursal D. PEDRO PRENDES CARRIL, con NIF número 10833445P, mayor de edad, con domicilio profesional en Calle Rodríguez Sampedro, 5-3.º B, Gijón, para el ejercicio del cargo en la localidad de Santander, dentro del ámbito territorial del Juzgado, con número de teléfono 985.35.46.14, número de fax 985.17.08.41 y correo electrónico: [email protected]. 6.- Se informa que en el Registro Público Concursal se publicaran las resoluciones que traigan causa del concurso y deban ser publicadas por medio de edictos, de conformidad con la Ley Concursal, dirección electrónica https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/ Santander, 26 de septiembre de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.