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Procédure collective

XANAKARTS SL EN LIQUIDACION

CIF B86662020Voir la fiche société

Publications
505/07/201813/05/2024
Procédure
576/2017
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID · Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal13/05/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 576/2017Ordonnance 17/04/2024

    Auto de formación de la sección de calificación

  2. Apertura de liquidación13/05/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 576/2017Ordonnance 17/04/2024

    Auto de apertura de la fase de liquidación

  3. Apertura de liquidación07/05/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 576/2017Juge : ADELA MORENO BLANCOOrdonnance 17/04/2024

    Apertura fase liquidación.Se acuerda suspensión facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.Se declara disuelta la entidad concursada, cesando sus administradores que son sustituidos por la administración concursal

  4. Apertura de liquidación26/04/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 576/2017Juge : ADELA MORENO BLANCOOrdonnance 17/04/2024

    Apertura fase liquidación.Acordar suspensión facultades administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.Se declara disuelta la sociedad,cesando en su función los administradores.

  5. Otro acto concursal05/07/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MadridProc. 576/2017Ordonnance 08/06/2018

    Edicto DOÑA CRISTINA POUSA BLASCO, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 23 de la Ley Concursal (LC), 1.º- Que en el Concurso Ordinario Voluntario número 576/2017, por auto de fecha 8 de junio de 2018, se ha declarado en concurso de acreedores a XANAKARTS S.L, con CIF B-86662020 cuyo centro de sus principales intereses lo tiene en Madrid. 2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador Concursal don PEDRO LOPEZ LOPEZ, con domicilio en domicilio en Avda. San Francisco Javier, 9, planta 1.ª Módulo 1 (Edificio Sevilla 2), 41018 Sevilla, profesión Abogado, Teléfono:954656469 fax: 954654619, así como CORREO ELECTRONICO para la comunicación de créditos:[email protected] No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4.º- El plazo para esta comunicación es el de UN MES a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado", de forma gratuita. 5.º- Que los acreedores e interesados que deseen personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 2 de julio de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Pousa Blasco.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.