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Procédure collective
YERBERO SOCIEDAD LIMITADA
CIF B22002604Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 27/06/2015 → 20/12/2023
- Procédure
- 173/2015
- Tribunal
- Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 3
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso20/12/2023⚖️ Primera Instancia/Instrucción/Mercantil - 3Proc. 173/2015Juge : JORGE ZAPATERO SORIAOrdonnance 16/12/2016
Se acuerda la conclusión del concurso de YERBERO SL por cumplimiento del convenio.
- Convenio de acreedores31/12/2016⚖️ HUESCAOrdonnance 16/12/2016
Edicto Dña. Paula Jarne Corral, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca, por el presente, anuncio: Que en el Concurso de Acreedores 173/15, seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora Sra. Esther Del Amo Lacambra, en nombre de YERBERO, S.L., con CIF B22002604, se ha dictado auto de conclusión del concurso por cumplimiento del convenio en fecha 16 de diciembre de 2016. Huesca, 16 de diciembre de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso27/06/2015⚖️ HUESCAProc. 173/2015Ordonnance 12/06/2015
Edicto Don Luis Francisco Bernal Martín, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 y Mercantil de Huesca, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 173/2015 y NIG nº 22125 41 1 2015 0025819, se ha dictado en fecha 12 de junio de 2015, auto de declaración de concurso voluntario del deudor YERBERO, S.L., con CIF: B22002604, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ronda de la Industria, nave 15, del Polígono Monzú (Huesca). 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal al economista D. Jesús Orduna Villellas, con domicilio postal en calle Concepción Arenal, nº 2, 5º A de Huesca, teléfono 974226746, fax 974239082 y dirección electrónica [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Huesca, 12 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.