IMAR CENTROS DE BRICOLAJE SL

Hoja CC8350· NIF B10327153

LiquidadaCáceres
Domicile :
Forme juridique :
Sociedad Limitada (SL)

Informations juridiques

Informations juridiques de IMAR CENTROS DE BRICOLAJE SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000396584175
Forme juridiqueSociedad Limitada (SL)
LocalitéPlasencia
Référence registraleTomo 677 · Folio 111 · Hoja CC8350
Anciennes dénominations
IMAR CENTROS DE BRICOLAJE SL EN LIQUIDACION2011-03-14
StatutLiquidada

Activité

IMAR CENTROS DE BRICOLAJE SL est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à Plasencia (Cáceres, Extremadura). Le Registro Mercantil a publié 6 actes la concernant, du 9 octobre 2009 au 3 juin 2014, répartis en 2 types d'actes distincts. Elle figure au registre comme « Liquidada ».

Dirigeants et représentants

Administrateurs

Anciens

Cartographie des dirigeants

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Actos enregistrés

  1. Ceses/DimisionesPublié le 14/03/2011· Inscrit le 02/03/2011· I/A 8
  2. DisoluciónPublié le 14/03/2011· Inscrit le 02/03/2011· I/A 8

Changements

  1. 14/03/2011Cambio de denominación social

    IMAR CENTROS DE BRICOLAJE SLIMAR CENTROS DE BRICOLAJE SL EN LIQUIDACION

  2. 14/03/2011Disolución

Chronologie (BORME)

  1. 03/06/2014#2832584
    IMAR CENTROS DE BRICOLAJE SL. Otros conceptos: Queda inhabilitado don Juan Carlos Rodríguez Pérez por el plazo de dos años a contar desde el día 24-10-2013. Situación concursal. Procedimiento concursal 736/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 16/01/2
  2. 14/03/2011#1118203

    Dénomination : IMAR CENTROS DE BRICOLAJE SL EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    IMAR CENTROS DE BRICOLAJE SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: IGLESIAS GASCON JOSE MANUEL. Situación concursal. Procedimiento concursal 736/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 14/07/2010. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzg
  3. 14/03/2011#1118202

    Dénomination : IMAR CENTROS DE BRICOLAJE SL EN LIQUIDACION

    IMAR CENTROS DE BRICOLAJE SL EN LIQUIDACION. Otros conceptos: Se suspenden las facultades de administración y disposicióndel patrimonio del concursado que son sustituidas por la administración del concurso. Datos registrales. T 677, L 505, F 111, S 8
  4. 01/10/2010#894732
    IMAR CENTROS DE BRICOLAJE SL. Otros conceptos: Anotación Preventiva. Se suspenden las facultades de administración y disposición del patrimonio del concursado que sonsustituidas por la administración del concurso. Datos registrales. T 677, L 505, F 1
  5. 09/10/2009#414647
    IMAR CENTROS DE BRICOLAJE SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 736/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 20/07/2009. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 4 JUZGADO DE 1& INSTANCIA Nº 4 DE SALAMANCA. Juez: LUIS SANZ AC

Documents officiels

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Nota informativa mercantil

État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.

Public

Dépôt de comptes annuels

Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.

Public

Certification des statuts

Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.

Public

Certification des pouvoirs

Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).

Public

Certification d'existence et de cargos en vigueur

Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.

Public

Certification des bénéficiaires effectifs

Bénéficiaires effectifs officiels de la société.

Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)

Rapport sur la position de risque

Rapport de risque commercial de la société.

Public

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Coordonnées

Sites webRéservé aux utilisateurs inscrits
TéléphoneRéservé aux utilisateurs inscrits
CourrielRéservé aux utilisateurs inscrits
Réseaux sociaux
Adresse complètePlasencia, Cáceres
Autres sites associésRéservé aux utilisateurs inscrits
Adresses publiéesRéservé aux utilisateurs inscrits
HorairesRéservé aux utilisateurs inscrits

Prospecter

Cette société ne déclare pas d'activité au registre. Les sociétés récemment créées dans la même province — Cáceres — sont listées ensemble, avec leur adresse.

Justice · concursos

  1. Apertura de liquidación13/02/2014
    ⚖️ SALAMANCA

    Edicto El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, Anuncio: Que en el procedimiento concursal número 736/09 referente al deudor IMAR CENTROS DE BRICOLAJE, S.L. con CIF número B-10327153, mediante auto firme de fecha 16-01-2014 se ha acordado: 1.- La conclusión del concurso de acreedores del deudor IMAR CENTROS DE BRICOLAJE S.L. por finalización de la fase de liquidación. 2.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3.- Que el deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar o reactivar las correspondientes ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equiparará a una sentencia de condena firme. 4.- Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción de la persona jurídica IMAR CENTROS DE BRICOLAJE, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil. 5.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración concursal y el cese de la Administración concursal. Salamanca, 3 de febrero de 2014.- Secretario judicial.

    BOE-B-2014-5141
  2. Apertura de liquidación30/01/2014
    ⚖️ SALAMANCA

    Edicto. El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 736/09 referente al deudor Imar Centros de Bricolaje, S.L. con CIF B-10327153, mediante auto firme de fecha 16-1-2014 se ha acordado: 1.- La conclusión del concurso de acreedores del deudor Imar Centros de Bricolaje, S.L. por finalización de la fase de liquidación. 2.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3.- Que el deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar o reactivar las correspondientes ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equiparará a una sentencia de condena firme. 4.- Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción de la persona jurídica Imar Centros de Bricolaje, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil. 5.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la administración concursal y el cese de la administración concursal. Salamanca, 21 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2014-3149
  3. Otro acto concursal06/08/2009
    ⚖️ SALAMANCA.

    Edicto. El Juzgado de Primera Instancia número 4 y Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 736/09, por auto de fecha 20 de julio de 2009 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Imar Centros de Bricolaje, S.L., con domicilio en la Avenida Martín Palomero, sin número, de Plasencia (Cáceres) y CIF número B-10327153 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Salamanca. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Salamanca, 20 de julio de 2009.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2009-27559
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