MINAS LA ZARZA SL
Hoja M223793· NIF B82156126
- Domicile :
- Forme juridique :
- Sociedad Limitada (SL)
Informations juridiques
Informations juridiques de MINAS LA ZARZA SL
Activité
MINAS LA ZARZA SL est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à Madrid. Le Registro Mercantil a publié 5 actes la concernant, du 5 août 2009 au 22 septembre 2020, répartis en 3 types d'actes distincts. Elle figure au registre comme « Liquidada ».
Dirigeants et représentants
Administrateurs
Anciens
- Terrazas Frutos AntonioCessation le 16/12/2015Consejero
- Manzano Martos ErnestoCessation le 16/12/2015Consejero
- Tuduri Gaiztarro FranciscoCessation le 16/12/2015Consejero
- Ruz Polonio FranciscoCessation le 16/12/2015Consejero
Cartographie des dirigeants
Actos enregistrés
- ExtinciónPublié le 22/09/2020· Inscrit le 15/09/2020· I/A 11
- Ceses/DimisionesPublié le 24/12/2015
- DisoluciónPublié le 24/12/2015
Changements
- 22/09/2020Extinción
- 24/12/2015Cambio de denominación social
MINAS LA ZARZA SL→MINAS LA ZARZA SL EN LIQUIDACION
- 24/12/2015Disolución
Chronologie (BORME)
- 22/09/2020#6043042Extinción
MINAS LA ZARZA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 163/2006. FIRME: Si, Fecha de resolución 7/09/2020. Auto de conclusión del concurso. Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 6 DE MADRID. Juez: FRANCISCO J… - 08/08/2018#5003227
Dénomination : MINAS LA ZARZA SL EN LIQUIDACION
MINAS LA ZARZA SL EN LIQUIDACION. Situación concursal. Procedimiento concursal 163/2006. FIRME: Si, Fecha de resolución 11/04/2018. Auto de aprobación del plan de liquidación. Juzgado: num. 6 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 6 DE MADRID. Juez: FRANCISC… - 24/12/2015#3648710
Dénomination : MINAS LA ZARZA SL EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónMINAS LA ZARZA SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Consejero: TUDURI GAIZTARRO FRANCISCO. Presidente: TUDURI GAIZTARRO FRANCISCO. Consejero: TERRAZAS FRUTOS ANTONIO. Secretario: TERRAZAS FRUTOS ANTONIO. Con.Delegado: TERRAZAS FRUTOS ANTONIO. Conseje… - 05/08/2009#334677
MINAS LA ZARZA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 163/2006. Fecha de resolución 20/09/2006. Revocación de administradores concursales. Juzgado: num. 0 JUZAGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 6 DE MADRID. Administrador Concursal. Fecha 18/05/200…
Documents officiels
Documents officiels du Registro Mercantil que nous obtenons et vous livrons en PDF.
Nota informativa mercantil
État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.
Public
Dépôt de comptes annuels
Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.
Public
Certification des statuts
Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.
Public
Certification des pouvoirs
Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).
Public
Certification d'existence et de cargos en vigueur
Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.
Public
Certification des bénéficiaires effectifs
Bénéficiaires effectifs officiels de la société.
Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)
Rapport sur la position de risque
Rapport de risque commercial de la société.
Public
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Coordonnées
Prospecter
Cette société ne déclare pas d'activité au registre. Les sociétés récemment créées dans la même province — Madrid — sont listées ensemble, avec leur adresse.
Justice · concursos
- Otro acto concursal22/09/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 163/2006BOE-B-2020-31082 ↗
Edicto Dña. María Jesús Palmero Sandín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Ordinario 163/2006 de la mercantil MINAS LA ZARZA, S.L., CIF B-82156126, por Auto de fecha 07.09.2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. Madrid, 17 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.
- Declaración de concurso05/06/2009⚖️ MADRID.Proc. 163/2006BOE-B-2009-19101 ↗
Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 132 de la Ley Concursal en relación con el artículo 23 del mismo cuerpo legal, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario número 163/2006 en el que figura como concursada la mercantil Minas La Zarza, S.L., CIF B-82156126 se ha dictado por este tribunal sentencia número 238/09 de fecha 18 de mayo de 2009 aprobando judicialmente el convenio propuesto por la concursada y aceptado por la Junta de Acreedores celebrada en fecha 5 de marzo de 2009. Segundo.- Que el fallo de dicha sentencia es del siguiente tenor literal: "Primero.- Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por la concursada Minas La Zarza, S.L., representada por la Procuradora Señora Zulueta Luchsinger y asistida del Letrado don José Carlos Barona Rodríguez, en escrito de fecha 3 de octubre de 2007, cuyo contenido se ha transcrito en los Antecedentes de esta Resolución; con los efectos de los Artículo 133 a 136 de la Ley Concursal. Segundo.- Se acuerda el cese de todos los efectos de la declaración de concurso, en especial la intervención de la administración y disposición de sus bienes por la concursada, establecida y atribuida a la Administración concursal; quedando sustituidos tales efectos, que no es el caso, por los establecidos en el convenio; y sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor señala en artículo 42 de la Ley Concursal que sí continuarán. Tercero.- Se acuerda el cese en sus cargos de los Administradores Concursales, sin perjuicio de las funciones que el convenio pudiera encomendar a todas o a alguno de ellos hasta el íntegro cumplimiento, que no es el caso; continuando los mismos a los meros efectos -intraprocesales- de la tramitación de la Sección de calificación. Cuarto.- Se acuerda requerir a los Administradores Concursales para la rendición de cuentas de su administración o intervención a que se refiere el Artículo 181 de la Ley Concursal para lo cual se fija el plazo de un mes a contar desde la notificación de la presente resolución. Quinto.- Notifíquese la presente Resolución al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en esta sección. Sexto.- Publíquese la presente sentencia en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Séptimo.- Líbrese mandamiento al Registro Mercantil y al Registro de la Propiedad -en su caso- para la inscripción de la sentencia y de los efectos acordados; haciendo entrega de los mismos a la Procuradora de la concursada para su diligenciamiento; que deberá comunicar a este Juzgado y esta Sección. Octavo.- Fórmese, con testimonio de los documentos a que se refiere el párrafo 2° del apartado 1° del Artículo 167 Ley Concursal, así como de la presente resolución, la Sección Sexta (6ª) de Calificación; haciendo constar -de conformidad con el apartado 1° del Artículo 168 de la Ley Concursal en redacción recibida por Real Decreto Ley 3/2009- en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante". Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado (BOE), expido el presente. Madrid, 18 de mayo de 2009.- La Secretario Judicial.