PROMOVEMUS SL

Hoja M360778· NIF B84052455

VigenteMadrid
Domicile :
Forme juridique :
Sociedad Limitada (SL)
Dirigeant :
Hernandez Barbero Aurora

Informations juridiques

Informations juridiques de PROMOVEMUS SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000273570360
Forme juridiqueSociedad Limitada (SL)
LocalitéPozuelo de Alarcón
Référence registraleTomo 20398 · Folio 132 · Hoja M360778
StatutVigente

Activité

PROMOVEMUS SL est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à Pozuelo de Alarcón (Madrid). Le Registro Mercantil a publié 5 actes la concernant, du 8 mars 2013 au 1 juillet 2026.

Dirigeants et représentants

Administrateurs

Actuels

Cartographie des dirigeants

3 nœuds Personne Société
PROMOVEMUS SLHernandez Barbero AuroraHernandez Barbero Au…CONSTRUCCIONES GUIFEMA 2005 SLCONSTRUCCIONES GUIFE…

Chronologie (BORME)

  1. 01/07/2026#9476584
    PROMOVEMUS SL. Otros conceptos: TRANSCURRIDO UN AÑO A CONTAR DESDE QUE SE ORDENA EL CIERRE PROVISIONAL SIN QUE SE PRODUZCA LA REAPERTURA DEL CONCURSO , EL CIERRE DE LA HOJA SERA DEFINITIVO Y QUEDARA CANCELADA LA INSCRIPCION DE LA SOCIEDAD. Cierre pro
  2. 01/04/2019#5334375
    PROMOVEMUS SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 900/2012. Fecha de resolución 14/02/2013. Nombramiento de administradores. Juzgado: num. 0 DE LO MERCANTIL DE MADRID. Juez: FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTIN. Administrador Concursal. Fecha 14/
  3. 15/10/2013#2492520
    PROMOVEMUS SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 900/2012. FIRME: No, Fecha de resolución 10/09/2013. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 6 DE LO MERCANTIL DE MADRID. Juez: FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTIN. Datos regist
  4. 28/06/2013#2347259
    PROMOVEMUS SL. Otros conceptos: CONVERSION DE LA ANOTACION PREVENTIVA LETRA A DE DECLARACION DE CONCURSO EN INSCRIPCION POR CONSTAR LA FIRMEZA DEL AUTOCON FECHA 4 DE ABRIL DE 2013. Situación concursal. Procedimiento concursal 900/2012. FIRME: Si, Fec
  5. 08/03/2013#2167765
    PROMOVEMUS SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 900/2012. FIRME: No, Fecha de resolución 14/03/2012. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 6 DE LO MERCANTIL DE MADRID. Juez: FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTIN. Resolucione

Documents officiels

Documents officiels du Registro Mercantil que nous obtenons et vous livrons en PDF.

Nota informativa mercantil

État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.

Public

Dépôt de comptes annuels

Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.

Public

Certification des statuts

Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.

Public

Certification des pouvoirs

Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).

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Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.

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Certification des bénéficiaires effectifs

Bénéficiaires effectifs officiels de la société.

Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)

Rapport sur la position de risque

Rapport de risque commercial de la société.

Public

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Coordonnées

Sites webRéservé aux utilisateurs inscrits
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Réseaux sociaux
Adresse complèteC/ LOPE DE VEGA 2, MADRID, POZUELO DE ALARCÓN
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HorairesRéservé aux utilisateurs inscrits

Prospecter

Cette société ne déclare pas d'activité au registre. Les sociétés récemment créées dans la même province — Madrid — sont listées ensemble, avec leur adresse.

Justice · concursos

  1. Otro acto concursal24/06/2026
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 900/2012
    Juge : AMPARO SALOM LUCASConcurso: Voluntario

    Rectifica error en el segundo apellido

    RPC-165958RPCConsulter sur le RPC ↗
  2. Conclusión del concurso24/06/2026
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 900/2012
    Juge : Alfredo Villaescusa GarciaConcurso: Voluntario

    Concurso de acredores sin masa Pedro Antonio Chipolini Jiménez, con DNI 25365973D

    RPC-165957RPCConsulter sur le RPC ↗
  3. Conclusión del concurso18/05/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID N.º 6Proc. 900/2012
    Juge : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINConcurso: VoluntarioConclusion : insuficiencia de la masa activa

    Auto conclusión de concurso por finalización fase de liquidación.

    RPC-721256RPCConsulter sur le RPC ↗
  4. Otro acto concursal30/03/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE MADRID N.º 6Proc. 900/2012
    Juge : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINConcurso: VoluntarioPassif : 987.362 €

    Presentación solicitud conclusión de concurso, informe final de liquidación y rendición de cuentas.

    RPC-700185RPCConsulter sur le RPC ↗
  5. Otro acto concursal02/10/2013
    ⚖️ MADRID

    Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LCo), anuncia: Que en el procedimiento número 900/12 referente al concursado Promovemus, S.L. con CIF B84052455, por auto de fecha 10 de septiembre de 2013, se ha acordado lo siguiente: 1. Aprobar el plan de liquidación propuesto por la administración concursal. 2. Formación de la sección 6, poniendo en conocimiento de los interesados que dentro de los diez días siguientes a la última publicación podrán personarse en la sección sexta. Madrid, 10 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2013-36419
  6. Otro acto concursal08/05/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 900/2012

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 900/2012 referente al deudor Promovemus, S.L., con CIF B84052455, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del Título IV de la Ley concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de díez días, computados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores,podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de Abogado y Procurador de los tribunales Madrid, 12 de abril de 2013.- El/la Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-17333
  7. Apertura de liquidación04/04/2013
    ⚖️ MADRID

    Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo mercantil número 6 de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento concursal abreviado de la mercantil Promovemus, S.L., con Cif B-84052455, en los que se ha dictado con fecha 6 de marzo de 2013 auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Acuerdo: 1.-Abrir la fase de liquidación de la concursada Promovemus, S.L., con Cif B 84052455, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 2.-Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de adminsitración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título III de la LC. 3.-Se declara disuelta la mercantil indicada en el punto uno anterior, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.-Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este tribunal y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado con carácter gratuito. 5.-Inscribase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Madrid y en su caso, a los Registros de la Propiedad en los que consten inscritas fincas /bienes a nombre de la concursada, una vez firme la presente resolución. 6.-El oficio y edicto dirigido al Boletín Oficial del Estado, así como los mandamientos indicados en el párrafo anterior se entregarán al Procurador instante del concurso para su debida cumplimentación, quien deberá aportar a este juzgado un ejemplar del Boletín Oficial del Estado tan pronto sea publicado el edicto así como los mandamientos debidamente diligenciados. 7.-En el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. Y para que sirva de publicidad en forma expido el presente. Madrid, 6 de marzo de 2013.- Secretiria Judicial.

    BOE-B-2013-12697
  8. Otro acto concursal02/03/2013
    ⚖️ MADRID

    El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 900/12, por auto de 14 febrero de 2013, se ha declarado en concurso a la mercantil Promovemus, S.L.U., con CIF n.º B84052455, con domicilio en calle Lope de Vega, n.º 2, de Pozuelo de Alarcón (MADRID) 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la a la intervención de la administración concursal 3º.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC por correo ordinario o bien a través de representante, o en cualquiera de los medios admitidos en derecho directamente en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado: Jorge Casanueva Tomás Calle Cirilo Amorós, 76, pueta 12. 46004 Valencia. [email protected] 4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 14 de febrero de 2013.- El Secretario judicial.

    BOE-B-2013-8172
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